¿Le interesa formar parte del consejo consultivo de su resort?
¿Le interesa representar los intereses de los socios como representante del Consejo Consultivo? Una vez que
el resort se haya vendido al ochenta por ciento, cada club tiene su propio Consejo Consultivo compuesto de
cinco miembros que sirven un término de cinco años. Las funciones de este grupo son la revisión de los
estados financieros de las operaciones del año en curso en el club, de todos los informes presentados por la
Administración del Resort relacionados con el mantenimiento y funcionamiento del club, los presupuestos
previstos para el año siguiente y las Cuotas de Servicio del Club propuestas a pagar por intervalo basadas
en el presupuesto revisado para el club. También estudian programas de mantenimiento y de activos fijos,
propuestas de nuevos servicios y amenidades, proyectos de costo-eficiencia, asuntos de cambio de moneda,
políticas, seguros y ocupación, los resultados de las encuestas de satisfacción del huésped, entre otras
cosas.
Los miembros del Consejo Consultivo deben estar disponibles durante una semana de reuniones cada año en
Cancún (en octubre) y deben seguir siendo socios en total cumplimiento del club al que sirven y de otros
clubes de los cuales son socios. Los socios solo pueden servir un único término de cinco años en su vida,
con el propósito de fomentar la participación de la mayor cantidad de socios de Royal Resorts y debido al
extremadamente alto de interés en estos puestos.
Para ser elegible para la elección al Consejo Consultivo, aplican los siguientes requisitos:
- Debe haber sido socio en el resort que desea representar durante al menos tres años.
- Debe tener al menos dos o más unidades/intervalos en el club que desea representar o al menos en su home
club y uno o más en uno de los otros clubs. En el caso de las membresías bienales, suites o lock-offs,
el socio debe tener cuatro o más unidades/intervalos de las cuales al menos dos deben ser en el Club y
dos o más en los otros clubs. Para todos los clubes, al menos una de las unidades/intervalos deben haber
sido adquiridos directamente de la Compañía de Membresía y no a través de una reventa o cambio de
título.
- Socios de The Royal Sands y The Royal Haciendas deben tener dos o más unidades/intervalos y/o membresías
de Puntos en el desarrollo, o al menos uno en el desarrollo y uno o más en uno de los otros desarrollos.
En el caso de los membresías de Puntos, el número de Puntos debe ser lo necesario para reservar dos
unidades/intervalos o más por al menos una semana en el desarrollo.
- Debe tener al menos 25 años de edad.
- Debe ser un socio en buen cumplimiento en su club y cualquier otro del cual es socio.
- Los socios que no cumplan con los requisitos establecidos en las Reglas pueden comunicarse con el
Director de Operaciones del Resort para programar una entrevista personal para presentar su solicitud y
currículum.
Aplican las siguientes restricciones:
- Cualquier persona que es o ha sido, socios de cualquier otro Consejo Consultivo o cuerpo similar, de un
resort de tiempo compartido o Club Vacacional así como uno de los otros clubs no es elegible para servir
como miembro del Consejo Consultivo del Club. Esta restricción no se aplicará a los suplentes que no
hayan servido como Miembros en el Consejo o que hayan servido solo por un año.
- Cualquier persona que esté sirviendo o haya servido como accionista, Director, empleado o acreedor,
deudor o proveedor o tenga algún interés directo o indirecto en la Compañía de la Membresía,
Desarrollador, la Compañía Operadora o los demás clubs, con excepción del interés de dicha persona como
Socio del Club, no será elegible para servir en dicho Consejo Consultivo.
- Cualquier persona que es o ha sido parte de cualquier acción legal, ha hecho una reclamación o ha
participado de alguna manera en un interés adverso al Consejo Consultivo, la Compañía de la Membresía,
el Desarrollador, la Compañía Operadora, cualquiera de los otros clubs o cualquier socio, director o
funcionario de los mismos, no será elegible para servir en dicho Consejo.
- Cualquier persona que haya sido condenada por un delito grave dentro de un período de cinco años antes
de la solicitud para servir en el Consejo Consultiva no será considerada elegible para servir.
- Cualquier persona que haya participado en cualquier incidente comercial escandaloso dentro de un período
de cinco años antes de la solicitud para servir en el Consejo Consultivo no se considerará elegible para
servir.
- Cualquier persona que sea o haya sido el cónyuge de un Socio que haya servido como Miembro del Consejo
Consultivo en el Club será elegible para solicitar ser miembro del Consejo Consultivo del Club un año
después de la terminación de las funciones de el cónyuge en el Club.
- Cualquier persona que sea o haya sido el cónyuge de un Socio que haya servido como Miembro del Consejo
Consultivo en el Club será elegible para solicitar ser miembro del Consejo Consultivo de cualquiera de
los otros resorts en los cuales el cónyuge no es miembro del Consejo Consultivo.
Haga clic en los links a continuación para leer las Reglas del Consejo Consultivo de su resort y verifique si usted es elegible:
FORMULARIO DE APLICACIÓN PARA EL CONSEJO CONSULTIVO
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